Artículo 65

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que se señalan en cada una de sus fracciones.

XXII.- Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen

Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan