Artículo 54

Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas

Ultimo Párrafo. Los sujetos obligados deberán informar a los organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet

Tabla de Aplicabilidad del Sujeto Obligado.

Trimestre Primero - 2026 | Fecha de Actualización: 04/08/2026

Primero Trimestre 2026