Portal de Transparencia

Acceso a la información pública del Gobierno de la Ciudad de Nogales.

En cumplimiento de dicha ley

Publicamos la información señalada en el Artículo 81 y 85 en lo relativo a obligaciones de transparencia.

Noticias

Mes de mayo de la declaración anual de situación Patrimonial y de intereses 2019.

En cumplimiento de dicha ley

Publicamos la información señalada en el Artículo 81 y 85 en lo relativo a obligaciones de transparencia.

Accede a la Información Pública del Gobierno Municipal


Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

Consulta la Información Pública del Gobierno Municipal de Nogales relacionado con los Artículos 81, 83 Bis y 85.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Consulta la Información Pública del Gobierno Municipal de Nogales relacionado con los Artículos 70 y 71.

Es toda la información en poder de quienes reciben, manejan o ejercen recursos públicos, es decir, por los sujetos obligados, en el ejercicio de sus funciones.

Aquellos establecidos en el art. 2 de la LAIPES.
I.- El Poder Ejecutivo y sus dependencias, así como las entidades y órganos de la administración pública estatal centralizada y descentralizada;
II.- El Poder Judicial y sus órganos y dependencias;
III.- El Poder Legislativo y sus órganos y dependencias;
IV.- Los Ayuntamientos y sus dependencias, así como las entidades y órganos de la administración pública municipal centralizada y descentralizada;
V.- Los órganos autónomos previstos en la Constitución Política del Estado y en las leyes estatales;
VI.- Las instituciones y entidades declaradas de interés público por la ley;
VII.- Los partidos políticos, las asociaciones políticas y los organismos semejantes reconocidos por la ley; y
VIII.- Las personas privadas, físicas o morales, que por cualquier motivo y de cualquier modo, reciban recursos públicos para su ejercicio con ese carácter.

Es aquella que proporciona una panorámica del sujeto obligado y que debe publicar sin que haya una solicitud previa. Entre los datos que debe poner disponibles para la consulta de cualquier persona destacan: su estructura orgánica, directorio de servidores públicos, sueldos que perciben, ejecución del presupuesto, ingresos, auditorías, etc.

Sí. Únicamente en los casos excepcionales que establece la Ley de Acceso a la Información Pública. Es la información de acceso restringido que puede ser reservada o confidencial. Por ejemplo la reservada, la cual se restringe por razones de interés general del Estado como la relacionada con la seguridad nacional, del Estado o de los municipios o aquella que puede poner en riesgo la vida, salud, seguridad o patrimonio de cualquier persona. La confidencial se encuentra restringida de manera permanente, salvo consentimiento del titular de los datos personales para que se proporcione la información, para proteger la intimidad de las personas, como sus creencias religiosas, preferencias sexuales, opiniones políticas, etc.